Número 20 / AGOSTO, 2023 (242-258)
CARACTERIZACIÓN EDUCATIVA DEL SISTEMA PENAL
JUVENIL. UNA REVISIÓN DEL ESTADO DEL ARTE
EDUCATIONAL CHARACTERIZATION OF THE JUVENILE
CRIMINAL SYSTEM. A REVIEW OF THE STATE OF THE
ART
DOI:
Artículo de Revisión
Recibido: (19/09/2022)
Aceptado: (20/01/2023)
https://doi.org/10.37135/chk.002.20.14
Universidad Cesar Vallejo, Facultad de Educación,
Doctorado en Educación, Lima, Perú.
jcortest@ucvvirtual.edu.pe
José Eduardo Cortés Torres
José Eduardo Cortés Torres
CHAKIÑAN. Revista de Ciencias Sociales y Humanidades / ISSN 2550 - 6722 243
CARACTERIZACIÓN EDUCATIVA DEL SISTEMA PENAL
JUVENIL. UNA REVISIÓN DEL ESTADO DEL ARTE
EDUCATIONAL CHARACTERIZATION OF THE JUVENILE
CRIMINAL SYSTEM. A REVIEW OF THE STATE OF THE
ART
El marco normativo internacional sobre el derecho de la educación del adolescente privado
de la libertad establece garantías para su cumplimiento. El artículo analiza las principales
tendencias investigativas en relación con los procesos pedagógicos y legislativos en
educación, referidos a los sistemas penales juveniles en países de América Latina,
España y Estados Unidos. Se examinan textos producidos entre 2018 y 2022, 50 artículos
resultados de investigaciones y presentes en las bases de datos Scopus, ScienceDirect,
Ebsco y ProQuest. Esas investigaciones se enfocan en conceptos jurídicos y educativos
enmarcados en cuestionamientos sobre el lenguaje y mediante categorías totalizantes y
discriminatorias. Las investigaciones abogan por desarrollar líneas de acción enfocadas
en el proceso restaurativo, por lo tanto, a pesar del gran avance en la defensa de los
derechos humanos dentro de las unidades de atención socioeducativa para adolescentes
judicializados, aún se presentan prácticas de violencia. Por lo tanto, se considera oportuno
realizar intervenciones no solo con los jóvenes, sino con los demás implicados: sociedad,
Estado, familia y otros, en aras de orientar las prácticas y el trabajo educativo.
PALABRAS CLAVE: Adolescencia, delincuencia juvenil, justicia social, lenguaje
simbólico
The international regulatory framework on the right to education of adolescents deprived
of freedom establishes guarantees for its compliance. This paper aims to analyze the main
research trends in relation to pedagogical and legislative processes in education, referred
to juvenile penal systems in Latin American countries, Spain, and the United States. To
that end, Texts produced between 2018 and 2022 were examined. 50 articles attestable
in the Scopus, ScienceDirect, Ebsco, and ProQuest databases were also explored. These
sources focus on legal and educational concepts framed within reconsiderations about
language, and through totalizing and discriminatory categories. The sources advocate
developing lines of action focused on the restorative process. Despite the great progress
in the defense of human rights within the socio-educational care units for judicialized
adolescents, violent practices are still perceivable. In consequence, interventions not only
with youngsters but with the others involved are to be carried out, namely: society, State,
family, and others, in order to guide educational practices and work.
KEYWORDS: Adolescence, juvenile delinquency, social justice, symbolic language
RESUMEN
ABSTRACT
CARACTERIZACIÓN EDUCATIVA DEL SISTEMA PENAL JUVENIL.
UNA REVISIÓN DEL ESTADO DEL ARTE
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INTRODUCCIÓN
Los procesos internacionales establecen, a partir
de la Convención sobre los Derechos del Niño
(Naciones Unidas, 1989), prácticas, medidas,
reconocimientos, derechos y deberes de niños
y adolescentes como sujetos de protección por
parte del Estado. La población que ingresa al
llamado sistema penal juvenil, a partir de una
afectación directa ocasionada por el ámbito social
en que el joven se desenvuelve, está cobijada
por garantías emanadas de dicha convención. En
este orden de ideas, el presente artículo analiza
las principales tendencias existentes (estado del
arte) con respecto a los procesos pedagógicos y
al marco legislativo sobre educación, a propósito
del sistema penal juvenil en América Latina,
España y Estados Unidos.
Se busca identicar particularidades del ámbito
educativo de jóvenes y adolescentes integrados
a los sistemas penales juveniles o sistemas de
responsabilidad judicial, así como la situación y
tendencias investigativas de ese sistema desde el
punto de vista legislativo.
Dentro del marco legislativo internacional y
a partir de la Convención sobre los Derechos
del Niño se han incorporado principios que
garantizan su protección, los cuales según las
leyes de cada país han infringido la normatividad
democrática y son condenados a procesos que
implican la privación de la libertad. A propósito,
se considera que internacionalmente el sistema
judicial de menores presenta problemas en
la actualidad, dentro de los cuales se destaca
la privación como medida última, así como
cuestiones relacionadas con una insuciente
infraestructura, que provoca hacimiento y
segregación.
Investigaciones realizadas en América
Latina, España y Estados Unidos destacan un
tema acuciante: el factor criminológico y la
reincidencia en la comisión de delitos. Esta
preocupante problemática adjudicada al sistema
penal juvenil incide en aspectos del sistema en
general relacionados con procesos educativos,
didácticos y pedagógicos, ya que estos pueden
potencializar los desarrollos de resocialización
de los jóvenes al momento de la reinserción en
la comunidad.
De lo anterior, se colige que el sistema penal
juvenil reúne los mandatos de varios instrumentos
internacionales con diversas prácticas que, a
su vez, nutren el espectro de estudios sobre
la adolescencia. Al examinar la producción
académica sobre la mirada pedagógica, así como
los marcos legislativos y educativos referidos al
sistema penal juvenil, se reconocen categorías,
interrogantes y vacíos en las apuestas de ese
sistema.
El presente artículo forma parte de la tesis doctoral
titulada: “Modelo pedagógico contextualizado
en el marco de la Justicia Restaurativa para su
aplicabilidad en el Sistema de Responsabilidad
Penal para Adolescentes en Colombia”, por lo
tanto, este estado del arte busca caracterizar
algunas prácticas educativas y pedagógicas, y
cotejar distintas fuentes teóricas para identicar
tendencias en el marco de la justicia juvenil.
METODOLOGÍA
El enfoque cualitativo preside la revisión de
literatura realizada, para adelantar un análisis
descriptivo-caracterizador. Los textos revisados
se encuentran en las bases de datos Scopus,
Ebsco, ProQuest y ScienceDirect, ya que estas
reejan cifras de alto impacto y abarcan un
referente multidisciplinar del sistema, reejado
en su incidencia e impacto académico, además
muestran tendencias de los campos educativo y
legal en relación con el sistema penal juvenil,
entre 2018 y 2022.
Las categorías sobre las que se recolectó
información fueron cinco: Sistema penal juvenil;
Educación en centros de privación de libertad
para adolescentes y jóvenes; Justicia restaurativa
como componente educativo; Emprendimiento
y Derechos, educación y reforma legal.
Montero (2015) arma la importancia del
operador booleano para realizar una búsqueda
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mucho más precisa, por lo tanto, se utilizaron
los siguientes descriptores según la estrategia de
búsqueda PVO:
Tabla 1: Descriptores y variables de búsqueda
PVO
Siguiendo el planteamiento de Montero (2015),
se utilizó el operador booleano para realizar
una búsqueda más precisa y ecaz, con la
herramienta PVO (variable inicial o general de
búsqueda, ordenadora de conexiones con una
variable booleana, que a su vez puede conectar
con otras variables). Para la variable inicial o
general Sistema Penal Juvenil se encontraron las
variables derivadas Educación, Adolescentes,
Medidas socioeducativas, Pedagogía,
Delincuencia y Juventud. Inicialmente, se
dispuso del diagrama de ujo Prisma (Urrutia
& Bonll, 2010), para realizar una revisión
sistemática que disminuyera la posibilidad de
sesgo en el proceso de contraste de literatura,
así como un meta-análisis para identicar
conclusiones pertinentes al campo de estudio.
Por lo tanto, a partir de la variable inicial o
general Sistema Penal Juvenil aparecieron
1615 documentos. Seguidamente, se aplicó la
búsqueda avanzada por medio de operadores
booleanos en las bases de datos especializadas,
y se obtuvo un total de 515 artículos: 298
localizados en la base de datos Ebsco, 180 en
Scopus y 37 entre ProQuest y ScienceDirect. De
los cuales, por medio del factor de inclusión se
seleccionó un total de 50 artículos incluidos en
la presente revisión sistemática.
Figura 1: Diagrama PRISMA inclusión y
exclusión de artículos
A partir de los planteamientos de Barends
et al. (2017), para el análisis de los textos e
investigaciones publicadas se tuvieron en
cuenta factores como los criterios de base de
datos, identicación, elegibilidad, evaluación
e inclusión. De igual manera se tuvo en cuenta
la guía CEMBa para establecer los principales
criterios de elegibilidad, tanto de los buscadores
como de la especicidad de las revistas
indexadas, así como factores referentes a la
revisión de pares, el idioma de publicación y
otros factores de exclusión como duplicidad o
descarga abierta.
El material bibliográco se tabuló con ayuda del
programa Statistical Package For Social Science
(SPSS), se aplicó una categorización que tuvo
en cuenta la frecuencia y la clasicación de las
variables antes mencionadas. Consecuentemente,
se realizó la interpretación de cada variable y su
posterior discusión con el n de identicar las
principales tendencias con respecto a procesos
educativos y marco legislativo educativo del
Sistema Penal Juvenil en América Latina,
España y Estados Unidos.
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RESULTADOS Y DISCUSIÓN
21 artículos cientícos se encontraron en Ebsco
(21), 20 escritos en español y 1 en inglés. Por su
parte, en Scopus se identicaron 20 artículos, 10
en español, 5 en inglés y 5 en portugués, seguida
de 8 artículos escritos en español en ProQuest y
1 artículo en ScienceDirect, también escrito en
español.
Tabla 2: Análisis de base de datos, idioma y
número de artículos consultados
Los países latinoamericanos cuentan con un
mayor número de publicaciones entre 2018 y
2022: Brasil y Colombia (14 %), Uruguay (12
%), Argentina (8 %), Ecuador (6 %), Chile
y México (4 %) y Perú (2 %). Por otra parte,
España (30 %) y Estados Unidos (4 %). Se
identicó que el 9 % de las publicaciones fue
escrito en español, el 11 % en portugués y el 10
% en inglés.
Tabla 3: Artículos identicados por país y año
España, con un 30 % de publicaciones
identicadas en el área del sistema penal juvenil,
promueve la investigación directa en el campo
educativo y establece lineamientos para América
Latina. En tanto, Estados Unidos muestra un 2 %
de publicaciones centradas en el tema de justicia
restaurativa y emprendimiento. Con un 68 %,
América Latina cuenta con la mayor cantidad
de investigaciones establecidas en las diferentes
categorías; se destaca así una implícita necesidad
contextual por promover espacios donde se
vinculen prácticas educativas en los centros de
privación de la libertad, así como la generación
de propuestas que incidan directamente en los
contextos de regreso de los jóvenes.
Tabla 4: Categorías de investigación
SISTEMA PENAL JUVENIL
Gómez (2020) propone cuatro puntos para
optimizar un sistema de justicia integral asentado
en el derecho penal internacional para menores.
La autora destaca en primer lugar el compromiso
intrínseco que debe existir por parte del Estado
para garantizar el interés superior de la niñez y
la juventud, así como la preocupación por crear
nuevas leyes o la reformulación de las existentes,
tomando en cuenta el contexto y el potencial de
cada adolescente.
En segundo lugar, resalta la importancia de la
preparación en justicia penal de los integrantes
del proceso restaurativo, donde se pueden
formar entes idóneos, capaces y especializados
que atiendan a las realidades contextuales. En
tercero, el Estado debe establecer alternativas
no penales, condicionadas al proceso de cada
adolescente/joven.
La autora, sin embargo, deja de lado la
importancia del proceso pedagógico en esta
opción no privativa de libertad, y especialmente
mo ese proceso se debe vincular a la
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reparación de la falta, por más mínima que sea.
Resulta relevante, en cambio, que Gómez (2020)
destaque que no todas las penas requieren de un
proceso de privación, pero sí de un importante
desarrollo pedagógico frente a la falta cometida.
De igual manera, con respecto al acompañamiento
psicopedagógico desarrollado dentro de los
centros, Herrera et al. (2020) destacan que este
acarrea intervenciones holísticas tendientes a
transformar situaciones incitadoras de violencia.
Al propio tiempo, facilita el desarrollo de
procesos desde la estructuración cognitiva
para la reconguración de situaciones.
Igualmente, los autores resaltan el concepto de
interseccionalidad, referido a la coordinación
del proceso como un ecosistema generador de
coherencia entre las acciones, donde la gura del
profesional pedagógico deviene fundamental.
Dentro de la misma línea, Botija et al. (2018)
consideran que a pesar de que existe una
diversidad de atenciones en los centros de
privación de libertad juvenil en España, y de
que algunos utilizan dependencias externas de
carácter comunitario, las grandes intervenciones
se realizan desde lo multimodal. En consecuencia,
se debe pensar en políticas globales y nacionales
no sectorizadas, pues la facilidad de adaptación
social no solo tiene que ver con la práctica del
joven dentro del centro, sino con la familia y la
comunidad a la cual se reintegrará.
Generar responsabilidad frente a la construcción
de la comunidad es una labor fundamental
del sistema penal juvenil. En su investigación
con jóvenes privados de la libertad en Buenos
Aires, Argentina, Fernández (2019a) concluye
que las matrices culturales que generan las
intervenciones socio comunitarias conforman
una notable inuencia para la conguración de
identidad y subjetividad de los propios jóvenes.
Otros estudios muestran cómo la reducción
de la edad penal podría ser una alternativa. A
propósito, Peixoto (2019), al comparar España y
Brasil, cuestiona que una sentencia más estricta
reduzca los niveles de violencia social en jóvenes
y adolescentes, pues en realidad contempla un
deseo de venganza social.
Por su parte, Melo & Schilling (2021) critican
el impacto del derecho en los modos de
subjetivación jurídico-política de adolescentes,
y especícamente en la condición de ser niños,
en la referencia que estos tienen de ser adulto
en una sociedad cada vez más violenta. A partir
de planteamientos de Foucault se enfocan en
la importancia de la verdad y la justicia y en el
vínculo de algunas infancias con lo monstruoso.
González-Laurino (2020) muestra la tensión
existente entre el castigo y los discursos
normativos. La autora llama la atención sobre
mo el castigo se mueve entre una tensión
vista desde el control social y la represión de
conductas nombradas como indeseadas, lo que
revela contradicciones entre la disciplina y la
socialización integral. En este sentido, como
existe una medida judicial que privilegia la
regulación de la vida dentro de los centros, se
evidencia la distancia existente entre el marco
legislativo y el perl educativo.
Cabe destacar, además, la investigación de
Montes-Maldonado (2020), quien considera que
se deben repensar las medidas socioeducativas
dirigidas a mejorar las condiciones de jóvenes
vinculados al sistema judicial, en aras de que
se revaloricen el cuidado y el fomento de la
responsabilidad social, así como se garanticen
derechos y deberes materiales y simbólicos.
Resulta fundamental, por tanto, pensar el
concepto y las visiones sobre el cuidado en los
centros donde se tratan a los jóvenes, más allá del
castigo y el encierro como vías de legitimación
de la violencia.
Barroso-Hurtado & Bembibre (2019) analizan
aquellos factores prosociales como un camino
preventivo para la reincidencia. Destacan que la
estrategia que proclama la Ley Orgánica Española
(Ley Orgánica 5/2000, 12 de enero), revela un
factor de éxito en los procesos de intervención, ya
que se presentan abordajes integrales centrados
en fomentar comportamientos adecuados
trabajando desde las dimensiones cognitivas,
socioafectivas y morales de los sujetos.
Gil et al. (2020) consideran que un factor
importante en la reglamentación de los centros
de privación de la libertad para adolescentes y
jóvenes es el respeto por sus derechos; entre ellos,
el derecho educativo deviene uno de los más
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importantes para el proceso de resocialización.
Dentro de las miradas con perspectiva de género
a los lineamientos institucionales para jóvenes en
privación de libertad en Colombia, se destaca la
de Cortina & Rodríguez (2020), quienes arman
que existe una generalización en el lenguaje
de la norma institucional, entre lo masculino
y lo femenino, que no visibiliza necesidades
particulares y refuerza el papel de la mujer como
cuidadora. De igual manera, Fernández (2020)
estima que existe un lenguaje estereotipado
para el joven criminal que genera dispositivos
dentro del escenario de encierro; por lo tanto,
inuye en las posibilidades de identidad, que
a su vez articulan al sujeto y sus vivencias
particulares y a las prácticas discursivas a las
que se ve enfrentado en el contexto de privación.
Las autoras se apoyan en un concepto valioso
que podría ser objeto de investigación, el de
vergüenza integrativa, tomado de Braithwaite
(2011) y centrado en el estigma dialógico.
EDUCACIÓN EN CENTROS DE
PRIVACIÓN DE LIBERTAD PARA
ADOLESCENTES Y JÓVENES
En la privación de libertad de adolescentes y
jóvenes ocurre la inmediata cesación de algunos
derechos constitucionales; por lo tanto, es el
Estado -arma Preciado (2020)- quien debe
velar por la protección del proceso educativo
dentro de los centros de resocialización. Sin
embargo, el autor reconoce que el proceso de
instrucción educativa debe hacer que se “le haga
ignorar al recluso que se encuentra en un centro
de reclusión” (p. 25).
El Estado tiene la obligación de proteger un
derecho fundamental, pero se obvia de cierta
manera que la función educativa no entraña
ignorar hechos, sino al contrario, hacer partícipe
al joven de una responsabilidad social frente al
acto cometido, vinculándose así a la restauración
del daño.
Enjuanes & Morata (2019) explican una propuesta
implementada en Cataluña, España, basada en
el modelo de participación y convivencia, que
ha conllevado resultados educativos exitosos
y fomentado reorientaciones de modelos
pedagógicos. Los autores insisten en que los
procesos de reeducación, como parte sustantiva
de la acción penitenciaria, motivan cambios por
medio de dinámicas participativas que -a su vez-
promueven competencias ciudadanas. Sugieren,
además, que lo educativo en estos centros de
privación de libertad debería darse desde una
triple intervención: en el ambiente grupal, en la
especialización de profesionales a cargo y en las
acciones de vigilancia y acompañamiento.
Ccopa-Quispe et al. (2020), por su parte, analizan
los factores sociales que conducen en Perú a la
delincuencia juvenil (incidencia y reincidencia):
falta de atención familiar, odios acumulados,
escasa participación de los adolescentes en
grupos orientados al mejoramiento humano,
poco personal idóneo para atender a adolescentes
y jóvenes en los centros y baja conciencia de las
inquietudes especícas de los grupos etarios a
atender.
De orientarse tareas encaminadas a la solución
de aquellos factores, se estaría en condiciones de
trabajar educativamente para que adolescentes
y jóvenes asuman responsabilidad frente a los
actos cometidos, al tiempo que fortalezcan su
autoestima, en aras de poder afrontar con espíritu
ciudadano situaciones diversas al momento de
egresar.
Cuando se menciona la frase modelos de
tratamiento en el sistema penal juvenil,
generalmente se habla de reincidencia y de cómo
disminuirla. Galván-Moya & Durán (2019)
arman que el modelo pedagógico debería
realizar un acompañamiento humano en función
de promover acciones prosociales, vinculadas
con la asistencia restaurativa, especialmente con
la restauración desde lo judicial.
Llamar la atención sobre algunas de las
características psicosociales y educativas de
los jóvenes fue labor de Alcázar et al. (2020),
al evidenciar cómo la delincuencia juvenil en la
provincia de Toledo, España, va en aumento. Las
instituciones suelen subestimar los diagnósticos
de características psicosociales (salud mental,
consumo de SPA, entre otras), indican.
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De igual manera, Ávalos & El Homrani (2018)
perlan a adolescentes colombianos reincidentes:
el 80 % de casos no reincidentes tampoco se
reinserta socialmente, lo que puede llevarlos
a reincidir en el futuro. Los autores insisten
en que el proceso educativo con estos jóvenes
debería facilitarles la reintegración laboral como
estrategia para evitar la reincidencia delictiva.
Trull & Soler-Masó (2019) reexionan sobre
ciertas características del sistema de justicia
penal juvenil en Cataluña, así como sobre
programas de rehabilitación y reinserción
social. A tenor de las normas, se centran en lo
educativo con énfasis en el empoderamiento,
la autoestima, la responsabilidad, la capacidad
crítica, la autonomía y la identidad comunitaria.
Para ellos, lo importante es el rol y la identidad
de los sujetos dentro del marco de derecho; por
tanto, se requiere fortalecer su autoconciencia y
sensibilización frente a los daños causados en el
tejido social.
Da Silva et al. (2020) analizan los motivos y la
tasa de mortalidad de exdelincuentes jóvenes en
el estado de Rio Grande do Sul, Brasil. Reconocen
que la principal causa de muerte de esos
jóvenes es el homicidio vinculado a actividades
delincuenciales en contextos de reinserción. Las
escasas oportunidades y garantías otorgadas
a esos jóvenes, junto al desconocimiento de
sus condiciones psicosociales, motivan la
reincidencia.
Algunas propuestas, como la de Fernández
(2019b), permiten mostrar la perspectiva directa
de los adolescentes, quienes consideran como
sinónimos de privación de libertad al castigo
y la generación de estigma social. Para ellos,
el encierro trasciende al proceso de libertad.
Es relevante cómo los jóvenes revelan que
la privación de libertad no cura, sino aísla, y
trae consigo dinámicas negativas dentro de los
centros, que demandan robustecer las prácticas
violentas como vía de supervivencia.
Perez et al. (2019) señalan cómo el décit escolar
estimula comportamientos antisociales. Analizan
una muestra de 18 adolescentes integrados
a un programa de escolarización individual,
como internos en unidades de privación de la
libertad. Queda demostrado que, al mejorar
la escolarización se comienza a superar el
décit escolar y -con ello- la resiliencia social,
las habilidades sociales y el fortalecimiento
emocional. ¿Qué aprendizajes se retoman para
adolescentes y jóvenes en centros de privación
de libertad? Se trata de conocimientos básicos
en matemática, lectura y escritura.
En la misma línea de pensamiento, Buste et al.
(2019) rearman la importancia de los procesos
educativos como mecanismo para disminuir
notablemente la reincidencia, mientras critica
la inadecuada legislación sobre el tema que
privilegia lo tecnológico, dejando de lado la
formación profesional y el ambiente educativo
en general.
Cammarosano et al. (2019) sugieren algunos
vacíos en el sistema penitenciario para
adolescentes y jóvenes en Brasil: falta de
perspectivas pedagógicas y de enfoques
epistemológicos, debilidades en la organización
curricular y en los recursos didácticos, ausencia
de equipos de trabajo interdisciplinario y poca
valoración del trabajo docente en el contexto
en que se desarrolla. Todo lo anterior se traduce
en la formación de estudiantes sin pensamiento
crítico, incapaces de evaluar su entorno y sus
propias acciones.
De Oliveira et al. (2020) piensan que los
principales índices de evasión escolar coinciden
con la trayectoria violenta, la formación de
estigma social y la exclusión comunitaria. Su
estudio muestra que los adolescentes creen
en la escuela como elemento transformador e
inclusivo, a pesar de haber sufrido situaciones
de abandono dentro de esta. Los autores invitan
a revisar directrices legislativas y expectativas
sociales de la escuela dentro del proceso
restaurativo.
Desde otra perspectiva, Quiroga &
Hernández (2020) revisan proyectos de
extensión universitaria realizados de modo
interinstitucional. En estos, estudiantes
universitarios que se forman como futuros
docentes se orientan con compromiso, trabajo en
equipo y disposición vocacional hacia escenarios
de privación de libertad o connamiento
punitivo. Desde esa práctica, se intenta revisar
conscientemente rutas pedagógicas y estrategias
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didácticas para determinar las más anes a este
tipo de escenarios.
A propósito, Fernández et al. (2021) coinciden
con que la formación universitaria en centros
de privación de libertad de menores (alrededor
de prácticas deportivas, retos cooperativos y
aprendizaje lúdico), comprometen al joven
universitario con el empoderamiento de quienes
habrán de reinsertarse a la sociedad como
personas diferentes.
Souza (2019) reconoce la importancia de incluir
la educación física en los centros de educación
para adolescentes privados de la libertad en el
estado de São Paulo, Brasil, como parte del
movimiento higienista en el país. El autor invita
a reexionar sobre lo que denomina dogmas
en las prácticas deportivas: homogenización y
modelo de rendimiento.
Una de las percepciones fundamentales dentro
del proceso de enseñanza se relaciona con
los profesionales que trabajan en los centros
de protección para adolescentes. Martínez
et al. (2018) destacan asuntos como: atender
necesidades de los profesionales, cuidar aspectos
afectivos en aras de garantizar la permanencia
de esos profesionales en el centro, adelantar
proyectos educativos individuales, exibles
y vericables con los educandos, incluir la
iniciativa social como factor decisivo en la
elaboración de proyectos educativos y en las
intervenciones directas con menores, y buscar
correspondencia entre normativa y estándares de
calidad en las prácticas habituales en los centros.
Venceslao & Marí (2021), quienes analizan el
modelo educativo en los centros pertenecientes
al sistema penal juvenil español, señalan que el
concepto de menor infractor se acompaña de
atributos desfavorables para los jóvenes. Esto
incide en la percepción directa del modelo de
intervención, que hace hincapié en superar
ciertas características consideradas negativas.
En ese orden de ideas, Silva & Bazon (2018), en
su propuesta de levantamiento de antecedentes
investigativos, destacan el concepto de
adolescencia, habitualmente relacionado con
palabras como conicto, violencia, infractores
o delincuencia. Tal manera de nombrar acarrea
ciertamente vínculos directos con el ambiente
escolar dentro y fuera de los centros. Los autores
destacan que las condiciones de permanencia en
el sistema educativo intracentros de privación de
libertad no constituyen garantía al momento de
egreso del menor.
Lozano-Díaz et al. (2021) comparan la justicia
penal juvenil en Alemania y España. Reconocen
que las reformas legales implementadas en el
segundo país han promovido un sistema más
punitivo. Buscando endurecer penas, España
ha aumentado en sus menores la resistencia al
cambio. Lo más importante resulta ser, sin dudas,
la construcción de políticas públicas enfocadas
en lo educativo y restaurativo dentro de los
centros de privación de libertad. Gaete (2018)
informa algunas de las medidas tomadas por el
gobierno brasileño con la nalidad de ofrecer
educación formal a jóvenes y adultos privados
de la libertad.
En el ámbito socioeducativo, como en cualquier
otra práctica social, el maltrato puede aparecer.
En consecuencia, Fernandes (2021) señala
que, a pesar del gran avance en la defensa de
derechos humanos dentro de unidades de
atención socioeducativa para adolescentes
judicializados en Brasil, se presentan prácticas
de violencia y tortura. Ello ha llevado a que se
gesten prácticas políticas orientadas a superar
aquellas experiencias.
El trabajo aporta un análisis valioso: no solo
debe pensarse lo socioeducativo en las dinámicas
internas-relacionales de los centros, sino también
en la precaria arquitectura de los mismos,
pensada más para la privación de la libertad que
para la reformación o resocialización de sujetos.
La arquitectura de los centros es equivalente a la
de las cárceles. Tal estructuración físico-espacial,
junto a lo que se asume es una institución
privadora de la libertad, termina imponiendo
diferentes tipos de relaciones de poder, más
que relaciones formativas, de aprendizaje y
conocimiento.
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JUSTICIA RESTAURATIVA COMO
COMPONENTE EDUCATIVO
La propuesta de Sandwick et al. (2019) subraya
la importancia de priorizar la formulación de
políticas enfocadas en la justicia restaurativa,
como manera de disminuir las brechas derivadas
de la formación escolar y la prisión. Ello
disminuiría incidentes de comportamiento
negativo en lo escolar. Se prioriza así la
construcción de comunidad y se fomenta el
liderazgo estudiantil.
Ahora bien, Bueno (2020) enfatiza en la
aplicación de un principio legislativo relevante,
el de la oportunidad dentro del proceso judicial
que puede llevar un menor en España. Vincula
directamente este principio con los procesos
desarrollados desde la justicia restaurativa en
la Unión Europea. Insiste en los derechos y
deberes de adolescentes infractores, al tiempo
que caracteriza las principales problemáticas
que pueden acarrear reincidencia.
Del retribucionismo a la justicia restaurativa,
Cárceles (2019) pondera las ventajas del
proceso restaurativo de cara a la resocialización
de los infractores. El autor menciona un punto
relevante: a pesar de que lo restaurativo se centra
en el cambio, no debiera desvirtuarse el proceso
y el daño, con vistas a evitar la reincidencia.
De igual manera, asegura que disminuye el
riesgo de revictimización. Se trata de buscar
responsabilidad dentro de la comunidad, para
ofrecer desde allí rutas orientadas a mejorar la
calidad social de los implicados.
El sistema de justicia para adolescentes y
jóvenes se sustenta en su nalidad “protectora,
educativa y restaurativa” (Cárceles, 2019, p. 20).
Algunas propuestas atienden a estudios sobre la
intervención con menores desde la perspectiva de
educar para la paz. Este tipo de mirada se vincula
directamente con el modelo restaurativo, ya que
busca mediar entre la víctima y el ofensor, con
miras a sentar mesas comunitarias encaminadas
a la reparación del daño.
De allí que Argüello et al. (2020) armen que
el enfoque educación para la paz no se centra
en el aspecto punitivo. Por el contrario, asocia
la restauración de los derechos con privilegiar
el derecho de las víctimas frente a la verdad,
la responsabilidad de los individuos ante la
ley, la justicia y los procesos de no repetición
del daño. Se debe generar conciencia empática
frente a la intervención educativa fundamentada
en pedagogías emergentes que consideren las
subjetividades y el desarrollo de los individuos
en sus entornos particulares.
EMPRENDIMIENTO
Herrera-Mercado & Zambrano-Vanegas (2021)
sistematizan una experiencia a partir de su
labor en un establecimiento penitenciario de
Barranquilla, Colombia. Arman que, dentro
de los ejes del sistema de resocialización, uno
de los principales es el proceso educativo; pero
que no puede desconocerse limitaciones como
hacinamiento, fallas de atención en salud y
débiles estrategias de apoyo individual. Estas
limitaciones debieran ser tomadas en cuenta para
fortalecer los procesos educativos, culturales y
la formación en emprendimiento.
Bonilla-Ovallos & Tobón-Ospino (2020)
reexionan acerca del sistema de responsabilidad
juvenil en Colombia desde lo educativo. Los
autores resaltan falencias pedagógicas: escasa
planta profesoral con distintos grados de
capacitación, pobres estrategias individualizadas
para el aprendizaje requerido por la población,
debilidades en la creación de vínculos que
inciden en desmotivación, imposibilidad de
continuar estudios una vez se egrese del centro,
dada la vulnerabilidad socioeconómica de
adolescentes y jóvenes allí recluidos, así como
de sus correspondientes familias.
Los autores, asimismo, reconocen las siguientes
fortalezas: reactivación de hábitos canalizadores
de potencialidades de los jóvenes para construir
y reconstruir su proyecto de vida; desarrollo
de un modelo de granja pionero en centros
pertenecientes al sistema penal juvenil colombiano
(las granjas entrañan responsabilidad, disciplina
y organización, al tiempo que fomentan la buena
CARACTERIZACIÓN EDUCATIVA DEL SISTEMA PENAL JUVENIL.
UNA REVISIÓN DEL ESTADO DEL ARTE
Número 20 / AGOSTO, 2023 (242-258) 252
convivencia y la resolución de conictos dentro
y fuera del espacio educativo); fortalecimiento
de la gestión del centro por medio de convenios
con instituciones públicas y privadas, que se
vuelven garantes de actualización educativa de
los jóvenes.
A tenor de situaciones que afectan la convivencia
y promueven la reincidencia en los centros
juveniles, y fuera de ellos, debe mencionarse
la propuesta de Coscioni et al. (2019), quienes
arman que la aliación criminal se relaciona
con factores económicos, reconocimiento social
y protección. El estudio recomienda que la
posibilidad de profesionalizarse en algún campo
práctico con una nalidad económica mejoraría
notablemente la integración del joven al ámbito
social.
Finalmente, sobresale la mirada de Castro (2021)
y su análisis del derecho internacional dentro
del sistema privativo de libertad juvenil. El
autor también ratica la importancia de la labor
educativa para bridar posibilidades motivadoras
dentro del espacio de privación, así como la
responsabilidad con la formación para el trabajo.
Se estimula la actividad laboral remunerada,
su rol productivo y constructivo, a tono con la
normativa internacional, especialmente con las
Reglas de La Habana, N° 42, y las Reglas de
Beijing, N° 26.1.
DERECHOS, EDUCACIÓN Y
REFORMA LEGAL
Con el impulso de leyes formales que atiendan
a la protección y al cuidado de la juventud y la
adolescencia, nacen los tribunales para menores
y el movimiento de reforma en Estados Unidos
y en América Latina (Laurino, 2021). Las
instituciones respaldadas por los efectos del
positivismo tardío consolidaron el tratamiento
del tema juvenil y la criminalidad, destacando
el papel del reporte técnico en la ejecución de
medidas socioeducativas, lo que involucra la
responsabilidad de los profesionales.
Es preciso continuar reconociendo aquellas
investigaciones centradas en los elementos
del derecho internacional. Gómez (2020)
destaca las variaciones en reglas mínimas para
la administración de justicia de menores y la
directriz para la prevención de la delincuencia
juvenil, con el objetivo de establecer principios
básicos encaminados a que el trabajo con jóvenes
judicializados no solo sea judicial sino también
psicopedagógico.
Gisi et al. (2022) arman que los procesos
legales y educativos en Brasil, inherentes
al sistema penal juvenil, se están volviendo
menos punitivos que en otros países. El ámbito
político, en diversos contextos, trae consigo que
lo punitivo prevalezca institucionalmente. El
lenguaje político inuye de modo considerable
en las construcciones sociales de adolescentes y
jóvenes que ingresan al sistema, así como en la
dirección que toman las políticas públicas para
su tratamiento.
Algunas apuestas investigativas centran su
atención en términos como justicia juvenil.
Especialmente las discusiones en Brasil vinculan
diálogos entre sociología y criminología,
movilizando diagnósticos sobre la justicia
juvenil como concepto. Cifali et al. (2020)
muestran cómo desde los discursos políticos se
tiende a reproducir una mirada de la adolescencia
que estigmatiza, desde una posición tradicional,
y en modo alguno se piensa en justicia juvenil.
Tal posición acarrea discursos y prácticas que,
al cabo, excluyen de responsabilidad al Estado,
a la comunidad, a la escuela y a la familia con el
actuar antisocial de adolescentes y jóvenes.
Gonçalves (2020), por su lado, ejecuta una
revisión bibliográca en torno a la trasformación
del sistema penal juvenil en Brasil, y muestra
tres momentos principales: los estudios clásicos
alrededor de aspectos sociodemográcos de
los jóvenes; los acercamientos etnográcos a
dicha población; y, por último, un momento que
incorpora el enfoque cultural.
Los textos nales revisados evidencian la
necesidad de estudiar profundamente el origen
punitivo del sistema penal juvenil en relación
con prácticas políticas heredadas de la colonia.
Malacarne & Azevedo (2022), por ejemplo,
comparan la teoría y la práctica del sistema
penal juvenil entre Rio Grande do Sul y Rio
José Eduardo Cortés Torres
CHAKIÑAN. Revista de Ciencias Sociales y Humanidades / ISSN 2550 - 6722 253
de Janeiro. El estudio llama la atención sobre
una brecha o desequilibrio en los códigos de
menores de ambos estados, y la intervención
estatal propiamente dicha para la protección
integral de menores.
CONCLUSIONES
Las investigaciones coinciden en que resulta
esencial la preocupación del Estado en cuanto
a vigencia y aplicabilidad de normas existentes
sobre principios restaurativos para adolescentes
y jóvenes. De igual manera, es fundamental la
actualización de los implicados en el desarrollo
restaurativo (desde la policía, pasando por los
jueces, hasta educadores, padres de familia y
demás personas cercanas al joven o adolescente
judicializado). El derecho penal para adolescentes
y jóvenes garantiza el proceso jurídico y la
medida sancionatoria, pero ignora que el nal no
radica, en ningún caso, en tal medida. El n, o
más bien el inicio, ocurre con la reinserción del
adolescente o joven a la sociedad.
Ahora bien, pareciera que la normatividad supone
un escenario donde el reingreso no implica la
reincidencia del delito. Las garantías del proceso
van hasta la medida impuesta. Se notan vacíos en
cuanto a aplicabilidad del sistema restaurativo,
sus nalidades y garantías. Especialmente, se
ignora la condición psicosocial y afectiva del
infractor judicializado.
La tensión entre las nociones de castigo y
rehabilitación social está, lamentablemente, en
armonía con la normativa legal que privilegia el
encierro frente al acceso y la calidad del sistema
educativo dentro de los espacios de privación de
la libertad. Los artículos consultados subrayan,
asimismo, la urgencia del cuidado y su puesta
en práctica dentro de los paradigmas educativo
y jurídico. Se requiere implicar no solo las
reexiones jurídicas, sino los estudios losócos
para problematizar conceptos vinculados a
infancias infractoras como justicia, verdad,
reparación, cambio y reintegración.
Varios estudios apuestan por implementar
acciones que tengan en cuenta las necesidades
de cada adolescente o joven. Se aspira a proteger
integralmente sus derechos, no solo desde el
punto de vista jurídico, sino especialmente desde
las propuestas metodológicas de atención y
garantías que se le ofrecen al adolescente o joven
para reintegrarse al proceso social y laboral.
Las propuestas de diferentes artículos ponen de
relieve cómo potencializar la dimensión política
desde la organización curricular, la exibilidad
de la misma, junto al trabajo interdisciplinario
entre áreas como servicio social, psicología,
salud y educación, vinculadas y orientadas hacia
las prácticas sociales.
El sistema educativo debe vincular prácticas
como el emprendimiento y la generación de
autonomía en empresa, para que al momento
del egreso el joven cuente con medidas reales
y sustentables para su autorrealización tanto
educativa como social y económica. Por lo
tanto, se deben implementar programas -como
las granjas autosustentables en América Latina-
a manera de proyectos de resocialización donde
los adolescentes reconozcan la importancia
del cuidado del medio ambiente, el trabajo en
equipo, el cooperativismo comunitario y la
resiliencia frente a las prácticas que implican
trabajo con el otro.
La presente investigación buscó delimitar
situaciones y escenarios educativos complejos del
sistema penal juvenil, imbricados en realidades
sociales desiguales y confusas, por lo tanto, es
necesario establecer que existen preocupantes
vacíos referentes a la normatividad educativa, así
como la reproducción de prácticas de violencia
y victimización, donde aspectos como el uso del
lenguaje en los centros de privación de libertad
siguen siendo estigmatizadores o cómo las
prácticas pedagógicas y didácticas cuentan con
poco impacto en las de egreso de los jóvenes.
Deben existir marcos normativos internacionales
y a nivel latinoamericano mucho más centrados
en el proceso de prácticas de restauración.
No existe un modelo pedagógico que vincule
directamente las prácticas restaurativas con los
procesos pedagógicos entablados en cada centro.
Este vacío impacta directamente tanto en las
prácticas de los centros como en las reexiones
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UNA REVISIÓN DEL ESTADO DEL ARTE
Número 20 / AGOSTO, 2023 (242-258) 254
pedagógicas entabladas dentro de ellas; por lo
tanto, un modelo pedagógico general podría
establecer lineamientos que vinculen prácticas
comunitarias centradas en la no repetición del
daño, donde los implicados tanto del sistema
judicial como del desarrollo educativo tengan
las mismas nalidades de egreso y resultados de
aprendizaje.
DECLARACIÓN DE CONFLICTOS
DE INTERESES: El autor declara no tener
conictos de interés.
DECLARACIÓN DE CONTRIBUCIÓN DE
LOS AUTORES Y AGRADECIMIENTOS:
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Alcázar-Córcoles, M. Á., Bouso-Saiz J. C.,
Revuelta, J., Hidalgo, C. A., Ramírez,
E., & Calderón-Guerrero, C. (2020).
Los delincuentes juveniles en
Toledo (España) desde el año 2001 a
2012: características psicosociales,
educativas y delictivas. Revista
Española de Medicina Legal, 45(3),
98-107. https://www.sciencedirect.
com/science/article/abs/pii/
S0377473218300609?via%3Dihub
Argüello, A., Rojas, S., & Cruz, J. (2020).
Raperos y biógrafos: narrativas
biográcas y educación para la paz con
menores infractores. Revista Historia
de la Educación Latinoamericana,
23(35), 119-143. https://doi.
org/10.19053/01227238.11924
Ávalos, I., & El Homrani, M. (2018). Diagnóstico
de necesidades de menores en centros
de protección e internamiento. Revista
Praxis Pedagógica, 18(22), 1-17.
https://doi.org/10.26620/uniminuto.
praxis.18.22.2018.1-17
Barends, E., Rousseau, D., & Rob, B. (2017).
Guía CEMBa para temas evaluados
críticamente en Management y
Organizaciones. Center for Evidence-
Based Management.
Barroso-Hurtado, D., & Bembibre, J. (2019).
Una revisión de los factores de
éxito en la promoción de conductas
prosociales como estrategia preventiva
en el contexto de la justicia juvenil
en España. Revista Complutense de
Educación, 30(1), 75-91. https://doi.
org/10.5209/RCED.55509
Botija, M., Aguiar, F. X., & Climent, M. (2018).
La intervención con adolescentes en
conicto con la ley en los centros de
internamiento de medidas judiciales.
Revista Prisma Social, (23), 123-141.
https://dialnet.unirioja.es/descarga/
articulo/6972230.pdf
Bonilla-Ovallos, M. E., & Tobón-Ospino,
M. (2020). Minor Oenders and
Educational Processes: Qualitative
Analysis from the Perspective of
Actors, in Santander, Colombia. El
Ágora USB, 20(2), 190-203. https://
doi.org/10.21500/16578031.5139
Braithwaite, J. (2011). Delito, vergüenza y
reintegración. Delito y Sociedad.
Revista de Ciencias Sociales, 2(32),
7-18. https://doi.org/10.14409/dys.
v2i32.5646
Buste, J. L. R., de la Torre, A. E. M., & Abarca,
L. V. R. (2019). La inuencia de
la educación intracarcelaria como
mecanismo para evitar la reiterancia y
la reincidencia en el centro de privación
de la libertad de Santo Domingo de Los
Tsáchilas. Dilemas contemporáneos:
Educación, Política y Valores. https://
doi.org/10.46377/dilemas.v31i1.1142
Bueno, F. (2020). Manifestaciones del principio
de oportunidad en la justicia de menores
española y europea. Justicia: revista de
derecho procesal, (1), 285-331.
Cammarosano, E. M., Rodrigues, J., & Ferreira,
A. C. (2019). A EJA em contextos
de privação de liberdade: desaos
José Eduardo Cortés Torres
CHAKIÑAN. Revista de Ciencias Sociales y Humanidades / ISSN 2550 - 6722 255
e brechas à educação popular.
Educação, 42(3), 465-474. https://
revistaseletronicas.pucrs.br/ojs/index.
php/faced/article/view/33770
Cárceles, M. M. A. (2019). La cara opuesta
al retribucionismo penal: la justicia
restaurativa y la especial protección
de los menores de edad. Revista
de Derecho Penal y Criminología,
(21), 13-58. https://doi.org/10.5944/
rdpc.21.2019.27310
Castro, A. (2021). La especialidad en la ejecución
de la sanción privativa de libertad
juvenil: análisis desde el derecho
internacional de los derechos humanos
y doctrina. Derecho PUCP, (86),
251-289. https://doi.org/10.18800/
derechopucp.202101.008
Ccopa-Quispe, F., Fuster-Guillén, D., Rivera-
Paipay, K., Pejerrey-Rivas, Y.,
& Yupanqui-Bustamante, M. T.
(2020). Factores de la delincuencia
juvenil en el Perú desde el enfoque
preventivo. Revista Eleuthera, 22(2),
149-169. https://doi.org/10.17151/
eleu.2020.22.2.10
Cifali, A. C., Chies-Santos, M., & Alvarez, M.
C. (2020). Justiça Juvenil no Brasil:
continuidades e rupturas. Tempo Social,
32, 197-228. https://www.revistas.usp.
br/ts/article/view/176331
Cortina, L. A., & Rodríguez, A. N. (2020). Género
en los lineamientos institucionales de
atención a las jóvenes en conicto con
la ley. Aspectos para política pública.
La Manzana de la Discordia, 15(2),
186-215. https://doi.org/10.25100/
lamanzanadeladiscordia.v15i2.9879
Coscioni, V., Graebin de Farias, B., Edinete, M.
R., & Koller, S. H. (2019). Signicados
del ‘mundo del crimen’ para
adolescentes en centros de tratamiento,
Brasil. Revista Latinoamericana
de Ciencias Sociales, Ninez y
Juventud, 17(2), 1-20. https://doi.
org/10.11600/1692715x.17214
Da Silva, V. M., Teichmann, P. D., Scanlon, T.,
Tavares, J. V., & Zubaran, M. (2020). A
mortalidade entre adolescentes egressos
do sistema penal. Revista Ciência
& Saúde Coletiva, 25(10), 3703-
3711. https://cienciaesaudecoletiva.
com.br/edicoes/invisibilidade-social-
economica-racial-sexual-etaria-e-em-
saude/212
De Oliveira, J., Campos, A. M., Pereira, M.
R., Couto, F., Alves da Silva, B. F.,
& Wermelinger, C. (2020). School
ambivalence and adolescent oenders.
Psicologia Escolar e Educacional,
24, 1-9. https://doi.org/10.1590/2175-
35392020195027
Enjuanes, J., & Morata, T. (2019). Modelos
penitenciarios educativos como base
del éxito en la reinserción social de
las personas privadas de libertad.
Boletín Criminológico, (187), 1-15.
https://doi.org/10.24310/Boletin-
criminologico.2019.v25i2019.7131
Fernandes, I. D. (2021). From the Right to
Torture: Population and Individual
Scales of Torture in Socio-Education.
Journal of Empirical Legal Studies,
8, 1-15. https://heinonline.org/HOL/
LandingPage?handle=hein.journals/
brzjemls8&div=39&id=&page=
Fernández, J. M., Gómez, A., Jiménez, F.,
& Ríos, M. (2021). El encuentro
socio deportivo como experiencia de
aprendizaje-servicio universitario en
dos centros de internamiento educativo
de menores. Contextos Educativos,
27, 117-134. https://doi.org/10.18172/
con.4653
Fernández, M. C. (2019a). La construcción
de responsabilidad penal juvenil en
instituciones comunitarias en Buenos
Aires. Urvio. Revista Latinoamericana
de Seguridad Ciudadana, (24),
59-77. https://doi.org/10.17141/
urvio.24.2019.3763
Fernández, M. C. (2019b). La mirada de los
jóvenes sobre el castigo penal en la
CARACTERIZACIÓN EDUCATIVA DEL SISTEMA PENAL JUVENIL.
UNA REVISIÓN DEL ESTADO DEL ARTE
Número 20 / AGOSTO, 2023 (242-258) 256
Provincia de Buenos Aires, Argentina
(2015). Revista Latinoamericana
de Ciencias Sociales, Niñez y
Juventud, 17(2), 1-30. https://doi.
org/10.11600/1692715x.17215
Fernández, M. C. (2020). Construcción
identitaria de jóvenes infractores
durante la implementación de medidas
“alternativas” en Argentina. Estudios
Sociológicos de El Colegio de
México, 38(113), 309-340. https://doi.
org/10.24201/es.2020v38n113.1776
Gaete, M. (2018). Pedagogía en contextos
de encierro en América Latina.
Experiencias, posibilidades y
resistencias. RIL Editores.
Galván-Moya, A. E., & Durán, N. M.
(2019). Adolescentes infractores y
promoción de acciones prosociales:
una tarea pendiente. El Ágora
USB. Revista de Ciencias Sociales,
19(2), 583-595. https://doi.
org/10.21500/16578031.3756
Gil, A. S., Castillo, K. T., Cabrera, J. R., &
Sánchez, H. S. (2020). Derecho a la
educación de las personas privadas de
libertad en el “centro de privación de
libertad” de Santo Domingo. Revista
Dilemas Contemporáneos: Educación,
Política y Valores, 7(edición especial),
1-19. https://doi.org/10.46377/
dilemas.v33i1.2105
Gisi, B., Santos, M. C. S, & Alvarez, M. C.
(2022). Punitivism in the Brazilian
juvenile justice. Sociologias, 23, 18-
49. https://doi.org/10.1590/15174522-
119875
Gómez, A. M. (2020). Marco de derecho penal
internacional para los niños. Anuario
Mexicano de Derecho Internacional,
20, 395-419. https://doi.org/10.22201/
iij.24487872e.2020.20.14480
Gonçalves, V. S. (2020). O sistema de justiça
juvenil na perspectiva sociológica:
Entre frouxa articulação e linha de
montagem. Dilemas, 13(3), 781-799.
https://doi.org/10.17648/dilemas.
v13n3.25800
González-Laurino, C. (2020). Reformas que
se parecen a sí mismas en el sistema
penal juvenil uruguayo. Revista
Latinoamericana de Ciencias Sociales,
Niñez y Juventud, 18(3). https://doi.
org/10.11600/1692715x.18306
Herrera, D., Padilla, M. T., & González, J. (2020).
Acompañamiento sociopedagógico,
holismo y longitudinalidad: claves
de una buena práctica con un menor
infractor. Revista Fuentes, 22(1),
62-74. https://doi.org/10.12795/
revistafuentes.2019.v22.i1.05
Herrera-Mercado, R. H., & Zambrano-Vanegas,
A. (2021). Sistematización de una
estrategia de educación informal
implementada en personas privadas
de la libertad en el establecimiento
penitenciario de mediana seguridad y
carcelario de Barranquilla, Colombia.
Prospectiva. Revista de Trabajo Social
e intervención social, (31), 241-
257. https://doi.org/10.25100/prts.
v0i31.10491
Laurino, C. G. (2021). Sentidos, prácticas
y modicaciones en los informes
técnicos del sistema penal juvenil
uruguayo. Tempo Social, 33, 203-224.
https://doi.org/10.11606/0103-2070.
ts.2021.172532
Ley Orgánica 5/2000. Reguladora de la
responsabilidad penal de los menores.
España, 12 de enero de 2020.
Lozano-Díaz, A., Chacón-Benavente, F. y
Roith, C. (2021). Medidas educativas
con menores infractores: el caso
de Alemania y España. Pedagogía
social: revista interuniversitaria, (37),
159-172. https://dialnet.unirioja.es/
descarga/articulo/7767585.pdf
Malacarne, E. K., & Azevedo, R. G. (2022).
The Juvenile (Penal) Justice between
Theory and Practice: A Comparative
Study of Judicial Practices in Rio
José Eduardo Cortés Torres
CHAKIÑAN. Revista de Ciencias Sociales y Humanidades / ISSN 2550 - 6722 257
Grande do Sul and Rio de Janeiro.
Dilemas. Revista de Estudos de
Conito e Controle Social, 15, 153-
178. https://doi.org/10.4322/dilemas.
v15n1.38772
Martínez, A. M, Peiteado, M. G., & Diego, C.
V. (2018). Percepción de profesionales
de centros de protección de menores
de Galicia sobre la calidad del
recurso. Prisma Social, revista de
investigación social, (23), 303-330.
https://revistaprismasocial.es/article/
view/2767
Melo, E. R., & Schilling, F. (2021). A infância e o
(in)dizível: poder ubuesco, resistência
e a possibilidade da justiça. Childhood
& Philosophy, 23, 1-27. https://www.
redalyc.org/Repo/5120/512066359009
/512066359009.pdf
Montero, Y. H. (2015). Experiencia de usuario:
principios y métodos. Experiencia de
usuario: principios y métodos, 9.
Montes-Maldonado, C. (2019). Signicados de
la atención en los centros de detención
de adolescentes en Uruguay. Revista
Latinoamericana de Ciencias Sociales,
Niñez y Juventud, 17(2). https://doi.
org/10.11600/1692715x.17216
Montes-Maldonado, C. (2020). Cuidados como
categoría de análisis y orientación
de las medidas socioeducativas para
adolescentes en Uruguay. Onati
Sociolegal Series, 10(2), 363-387.
https://doi.org/10.35295/OSLS.
IISL/0000-0000-0000-1084
Naciones Unidas. (1989). Convención sobre los
Derechos del Niño. https:// www.ohchr.
org/Documents/ProfessionalInterest/
crc_SP.pdf
Peixoto, R. B. (2019). Maioridade penal no Brasil
e na Espanha: o pêndulo punitivo sobre
os adolescentes infratores. Revista
Em Pauta: teoria social e realidade
contemporânea, 17(43). https://doi.
org/10.12957/REP.2019.42508
Perez, V. H., Zibetti, M. R., & Cunha, P. I. (2019).
Assessment of an academic skills
development program for youths in
juvenile correctional facilities. Trends
in Psychology, 27(2), 325-337. https://
doi.org/10.9788/TP2019.2-03
Preciado, V. A. (2020). Educación o
resocialización. Problemática
abordada desde la administración
penitenciaria en Colombia. Utopía
y Praxis Latinoamericana, 25, 139-
153. https://dialnet.unirioja.es/servlet/
articulo?codigo=7524694
Quiroga, M., & Hernández, V. (2020).
Construyendo proyectos alternativos
a la privación de la libertad junto
a jóvenes adultos. Orientación y
Sociedad, 20(1), 1-18. https://revistas.
unlp.edu.ar/OrientacionYSociedad/
article/view/10242
Sandwick, T., Hahn, J. W., & Hassoun Ayoub, L.
(2019). Fostering community, sharing
power: Lessons for building restorative
justice school cultures. Education
policy analysis archives, 27(145),
n145. https://doi.org/10.14507/
epaa.27.4296
Silva, J. L. & Bazon, M. R. (2018). School
experience during adolescence: a
comparative study between adolescent
oenders and not oenders. Psico-
USF, 23(3), 437-449. https://doi.
org/10.1590/1413-82712018230304
Souza, C. M. (2019). Educando o corpo desvalido.
A educação física na historyia da
privação de liberdade de crianças e
jovens brasileiros. Movimento, 25(1),
1-15. https://doi.org/10.22456/1982-
8918.78269
Trull, C., & Soler-Masó, P. (2019). Revisión
de la legislación relativa al sistema de
justicia juvenil en clave de educación y
empoderamiento. Papeles de Trabajo
sobre Cultura, Educación y Desarrollo
Humano, 15(3), 108-114. http://
psicologia.udg.edu/PTCEDH/menu_
articulos.asp
CARACTERIZACIÓN EDUCATIVA DEL SISTEMA PENAL JUVENIL.
UNA REVISIÓN DEL ESTADO DEL ARTE
Número 20 / AGOSTO, 2023 (242-258) 258
Urrutia, G., & Bonll, X. (2010). Declaración
PRISMA: una propuesta para
mejorar la publicación de revisiones
sistemáticas y metanálisis. Medicina
clínica, 135(11), 507-511. https://doi.
org/10.1016/j.medcli.2010.01.015
Venceslao, M., & Marí, R. (2021). Intervención
educativa en centros de justicia juvenil.
Una aproximación a sus discursos
y prácticas. Pedagogía Social, 38,
181-193. https://doi.org/10.7179/
PSRI_2021.38.12